La Ley N.º 21.440 de Chile, publicada el 12 de abril de 2022, establece un nuevo régimen de donaciones con beneficios tributarios en apoyo a las entidades sin fines de lucro. Esta ley incorpora el Título VIII bis al Decreto Ley N.º 3.063 sobre Rentas Municipales, creando un marco legal que facilita y promueve las donaciones a organizaciones que cumplen funciones de interés público.
Objetivo de la Ley
El propósito principal de la Ley 21.440 es incentivar las donaciones hacia entidades sin fines de lucro mediante beneficios tributarios, simplificando los procedimientos para que tanto donantes como beneficiarios puedan participar de manera más efectiva en actividades filantrópicas y de responsabilidad social.
¿Quiénes pueden donar?
Pueden ser donantes:
Empresas.
Trabajadores independientes.
Personas naturales, tanto chilenas como extranjeras, incluso no residentes en Chile.
¿Quiénes pueden recibir donaciones?
Las entidades receptoras deben ser organizaciones sin fines de lucro inscritas en el Registro Público de Donatarias de la Ley 21.440. Estas organizaciones deben destinar las donaciones a fines de interés general, como la asistencia social, educación, salud, cultura, protección del medio ambiente, entre otros.
Tipos de bienes que se pueden donar
Se pueden donar:
Dinero.
Bienes físicos.
Bienes incorporales, como acciones u otros activos, siempre que estén sujetos a registro o inscripción legal.
Beneficios tributarios para el donante
Las donaciones acogidas a esta ley ofrecen los siguientes beneficios:
Exención del impuesto a las donaciones.
Liberación del trámite de insinuación.
Deducción como gasto de la renta bruta del donante, según ciertas reglas.
No están sujetas al límite global absoluto de donaciones del artículo 10 de la Ley 19.885.
Las donaciones de bienes corporales no están afectas al IVA, y el donante puede recuperar el Crédito Fiscal.
Las importaciones de bienes donados están liberadas de todo tributo.
Obligaciones de las entidades receptoras
Las organizaciones que reciben donaciones bajo esta ley deben presentar un informe anual sobre las donaciones recibidas, con fecha límite al 31 de marzo de cada año. El formato de este informe está definido por la normativa vigente.
Más información
Para más detalles sobre el proceso de inscripción en el registro de donatarias, requisitos y guías prácticas, puedes visitar el sitio oficial:
Si necesitas ayuda con el proceso de inscripción o tienes dudas específicas sobre la aplicación de esta ley, no dudes en consultarme.